Los Drones. Su Implicación Ley de Protección de Datos

La utilización de los drones en aplicación de la Ley de Protección de Datos Lopd.

Ante la proliferación en los últimos tiempos de aviones no tripulados por control remoto llamados  RPAs o UAVs comúnmente conocidos  como drones y para garantizar un alto nivel de seguridad de la aviación civil, ha sido necesario establecer un régimen jurídico específico aplicable a estas aeronaves y a las actividades aéreas desarrolladas por ellas que garantice la utilización responsable de estas tecnologías de última generación.

DronesLa Agencia Estatal de Seguridad Aérea encargada de estos temas, dispone de  un marco jurídico que establece una normativa temporal que regula las operaciones con drones e indica los requisitos, procedimientos, permisos y autorizaciones para poder realizar actividades aéreas en función del escenario de operación y el peso de la aeronave.

Más allá de la regulación de su uso por los organismos encargados de la seguridad aérea, existen otras implicaciones de Protección de Datos que afectan a la intimidad y privacidad de las personas.

Aunque el uso de los drones  no está previsto específicamente en ningún artículo de la Ley de Protección de Datos Española, si le son aplicables los artículos referentes a las limitaciones que conlleva la captación de imágenes o grabaciones de personas físicas identificadas o identificables que se regirán por los principios y obligaciones que impone la Lopd en ésta materia, siendo necesario  un motivo válido y proporcionado para el tratamiento de los datos de carácter personal (por ejemplo, interés legítimo del responsable del tratamiento), que deberá cumplir con el deber de informar a los afectados (art.5 LOPD) y notificación a la Agencia de Protección de Datos de las características de este procesamiento de datos.

DronesLos requisitos legales para  la instalación de un circuito de video vigilancia están regulados por la normativa de Protección de datos. Con relación a los drones y al espacio que con su movilidad pueden cubrir, ciertas obligaciones en materia de requisitos de información podrían ser difíciles de cumplir. Las imágenes o grabaciones obtenidas por entidades privadas deben cumplir con el principio de calidad de los datos y evitar todas las imágenes innecesarias de los espacios públicos.

Son comunes el ver la utilización de drones en acontecimientos tales como fiestas, bodas, comuniones, eventos deportivos, etc, realizados por empresas que ofrecen estos servicios a los organizadores de eventos públicos, debiendo cumplir ambas partes en todo momento con la normativa aplicable en materia de Protección de Datos y cuyo servicio se regulará entre ambos con la formalización del consiguiente contrato de terceros, encargados del tratamiento, que limite el uso ilegítimo o no autorizado de las grabaciones o imágenes obtenidas, que en muchos de los casos, van a ser publicadas en páginas web.

Ambos deberán estar adaptados a la Ley de Protección de Datos con la implantación del Protocolo de Seguridad donde se definirán las medidas de orden técnico, organizativas y de seguridad aplicadas en sus organizaciones que garantice el uso responsable de las imágenes o grabaciones obtenidas y del cumplimiento de  las obligaciones de informar del tratamiento a los afectados con la utilización notas de solicitud de consentimiento o de carteles informativos en el lugar del evento.

En el caso de uso de drones  en espacios cerrados, esta información podría facilitarse en el mismo momento en que se solicita el consentimiento de los afectados o mediante la exposición de carteles informativos. El uso de drones  en espacios abiertos delimitados, la información también podría facilitarse mediante la colocación de estos carteles informativos o entrega de notas informativas a los asistentes.  En caso de espacios abiertos no delimitados, el responsable podría plantear ante la Agencia de Protección de Datos, a la vista de las circunstancias concretas de cada caso, si las medidas que pretende adoptar para facilitar a los interesados la información relativa al ejercicio de los derechos ARCO se adecuan a la normativa de protección de datos.

En los carteles o notas informativas se hará mención sobre la identidad del  responsable del tratamiento de su domicilio, así como del lugar  y método donde el afectado puede ejercitar los Derechos de acceso a las grabaciones, cancelación y de oposición al tratamiento de sus imágenes.

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Auditoría Obligatoria Protección de Datos Personales LOPD

Verificación del Grado de Cumplimiento y Evaluación del Impacto de Protección de Datos Personales.

El artículo 96 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establece la obligatoriedad de realizar una Auditoría con carácter bianual.

data-backup-571157_1280A partir del Nivel Medio los sistemas de información e instalaciones de tratamiento y almacenamiento de datos se someterán, al menos cada dos años, a una Auditoría interna o externa que verifique el cumplimiento de la mencionada Ley.

Con carácter extraordinario, deberá realizarse a demás dicha Auditoría, siempre que se realicen modificaciones sustanciales en el sistema de información o modelo de negocios, que puedan repercutir en el cumplimiento de las medidas de seguridad implantadas con el objeto de verificar la adaptación, adecuación y eficacia de las mismas

Dicho informe de Auditoría quedará a disposición de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en el momento que por la misma se requiera.

Realizamos la Auditoría Obligatoria del Protocolo de Seguridad Lopd, con Verificación del Grado de Cumplimiento y Evaluación del Impacto de Protección de Datos Personales sobre la Organización, en el marco de un Análisis de los Niveles de Riesgo, con verificación del cumplimiento y el debido respeto a la privacidad de los titulares cuyos datos estamos procesando, que deberá aplicar la organización mediante unas directrices a seguir, que aportarán beneficios a la misma como elemento relevante a la hora de demostrar frente a terceros la debida diligencia en la adopción de las necesarias garantías para el tratamiento de los datos personales que se nos confían, de los cuales somos responsables, aportando una importante diferenciación y ventajas competitivas frente a la competencia.

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LOPD. Ejercer el Derecho al Olvido

Jose Pons. Experto en Implantación LOPD y Auditorias de Seguridad RMS.
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Servicios de Adaptación e Implantación a la Ley Orgánica de Protección de Datos LOPD y Auditorias de Seguridad. Soluciones a los imperativos legales obligatorios de adaptación de tu empresa o despacho profesional a la Ley de Protección de Datos. Tu adaptación LOPD en manos de profesionales, cumple al 100% con lo establecido por la Ley. Servicios de calidad a través de la red.

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Solicitud de retirada de resultados de búsqueda en virtud de la Normativa Europea de Protección de Datos

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Derecho al Olvido - Acceso al Formulario

Derecho al Olvido – Acceso al Formulario

Un fallo reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea permite que determinados usuarios soliciten que los motores de búsqueda eliminen resultados de consultas que incluyan su nombre si esos resultados se consideran inadecuados, no pertinentes o ya no pertinentes, o excesivos desde el punto de vista de los fines para los que fueron tratados.

Para implementar esta decisión, Google evaluará cada solicitud de forma individual e intentará buscar un equilibrio entre los derechos de privacidad de los usuarios y el derecho del público a conocer y distribuir información.

Al evaluar tu solicitud, Google examinará si los resultados incluyen información obsoleta sobre ti, así como si existe interés público por esa información (por ejemplo, información sobre estafas financieras, negligencia profesional, condenas penales o comportamiento público de funcionarios del gobierno).

Si quieres enviar una solicitud para que se elimine contenido, accede y rellena el formulario, pinchando en el enlace de la foto. Ten en cuenta que este formulario es un paso inicial.

Jose Pons. Tu asesor lopd

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Somos la pieza que te falta encajar

A.E. Gestión Empresarial. Dirección Financiera y Contable. Técnico Superior Contable. Analista Económico Financiero.
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Servicios de Dirección Financiera y Contable. Soluciones a la gestión y dirección de empresas, mediante un servicio permanente de análisis, controlgestión y administración de tu empresa o negocio. Con las estadísticas mensuales conocerás en todo momento el estado de la misma, que te permitirá realizar los cambios necesarios en cada instante. Obtén toda la información de tu empresa, en el momento que lo precisas.

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Reduce los gastos de gestión y administración de tu empresa o negocio.

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Somos la pieza que te falta encajarLas estructuras empresariales son un puzle en el que hay que encajar debidamente sus piezas si queremos que los resultados sean los óptimos y esperados.

Son innumerables las necesidades de servicios en la gestión y administración de las empresas:

“Dirección Financiera, Administración, Gestión, Control Bancario, Planificación Previsiones de cobros y pagos, Análisis Dinámico, Organización, Creación de Equipos de Trabajo, Impuestos, Aplicación Normativas Legales, Protección de Datos LOPD, Prevención del Blanqueo de Capitales, Auditorias Preblac, Protocolo de Cumplimiento Corporativo (Corporate Compliance), Promoción y Marketing Digital, Construcción blogs y páginas web, Creación y Gestión de Contenidos pagina web o blog, Promoción a través de las Redes Sociales.”

Sin duda son múltiples y variados los servicios que precisan las empresas en su gestión diaria que aconsejan la contratación y externalización de dichos servicios con profesionales especializados, pues la dispersión de servicios incrementa los costes.

Aglutinar los servicios necesarios para la empresa en un solo proveedor, tiene ventajas competitivas avaladas por una mayor coordinación y menor coste de dichos servicios, que incidirá en un mejor aprovechamiento y distribución del tiempo y en las necesidades de comunicación con los profesionales y sus servicios, propiciando una reducción del gasto y mejora de la cuenta de resultados.

Nuestros servicios profesionales cubren todas las necesidades de tu empresa, negocio o despacho profesional.

“En el puzle que conforma tu empresa, somos la pieza que te falta encajar”

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Vosotros lo habéis hecho posible !

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Gracias por vuestra implicación y apoyo

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Gracias por vuestra implicación y apoyoHace un año en éstas fechas, termine la construcción de mi blog, e iniciado su primera publicación

Ha sido un duro camino de trabajo en el que he publicado 69 artículos compartiendo con vosotros, conocimientos, ilusión, trabajo, compromiso y comunicación, con 70.100 visitas recibidas, convirtiéndolo en el buque insignia de toda mi actividad profesional.

Desarrollado sobre seis páginas temáticas encuadradas dentro de mis diversas actividades profesionales, hablo sobre la LOPD Ley de Protección de Datos, PREBLAC la Prevención del Blanqueo de Capitales y de la financiación del terrorismo, FINANCIERO la Dirección Financiera y Contable, servicios de Community Manager, Social Media y desarrollo de artículos de opinión y motivación.

Gracias a los que estáis interactuando conmigo, con preguntas y comentarios, que siempre he atendido con la mayor celeridad para informaros sobre los temas que os interesan.

En este año que a través del blog hemos pasado algunos instantes juntos, de seguro será, el principio de una buena amistad.

Un abrazo

Si tienes un blog te va a interesar.

A.E. Gestión Empresarial. Expertos en Implantación LOPD-GDPR y Auditorias de Seguridad RMS.
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Servicios de Adaptación e Implantación a la Ley Orgánica de Protección de Datos LOPD-GDPR y Auditorias de Seguridad. Soluciones a los imperativos legales obligatorios de adaptación de tu empresa o despacho profesional a la Ley de Protección de Datos. Tu adaptación LOPD en manos de profesionales, cumple al 100% con lo establecido por la Ley. Servicios de calidad a través de la red.

Si tienes un blog esta información te será útil.

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Blog wordpressUn blog es el espacio ideal para expresar tus ideas, compartir conocimientos, mostrar tus trabajos, aficiones, contenidos de interés, tus productos y servicios, es un lugar colaborativo, que permite conocer gente con tus mismas inquietudes y afinidad o en busca de profesionales y empresas, que den soluciones o información sobre los temas que interesan.

A la hora de crear tu blog, sin duda, son varias las cosas que tienes que tener en cuenta,  la temática sobre la que vas a hablar e interrelacionarte con tus seguidores, los conocimientos que estas dispuesto a compartir, la forma de dirigirte a tu audiencia y todo ello dentro de un diseño agradable y estructura optima, que facilite la navegación por el blog.

Una de las características del blog es el poder de interactuar con los seguidores, permitiendo ofrecerles la suscripción al mismo, envíos de correos y boletines de noticias.

Los envíos que realicemos de email-marketing, correos, boletines, suscripciones, están regulados por la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999 LOPD, lo que deberemos de conocer y tener en cuenta en nuestro blog.

La Ley de Protección de Datos LOPD nos obliga a realizar la Inscripción de Ficheros que contengan datos de carácter personal e implantar el Protocolo de Seguridad que contiene los procedimientos a tener en cuenta, detalle de tu estructura y control de accesos, que garanticen la seguridad y uso adecuado de los datos de los cuales eres responsable.

Una vez tengas realizado lo anteriormente descrito, colocaras en el blog la coletilla que informe de que los ficheros están debidamente registrados, quien es el responsable de los mismos, que uso se van a dar y donde pueden los usuarios ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de sus datos (derechos ARCO).

Un blog sin adaptar a la LOPD, no puede garantizar la privacidad y seguridad de los datos de carácter personal que maneja. Como medida de precaución y en evitación de males mayores, es recomendable no dar nuestros datos en blogs que no estén adaptados a la Ley de #Protección de Datos.

Para el envío de  email-marketing, correos informativos, boletines, etc., debes contar con la autorización previa del interesado que te facultará para poder realizar este tipo de envíos.

La Ley de Protección de Datos LOPD, establece que los datos de carácter personal que manejemos únicamente se podrán utilizar, para el motivo por el cual fueron entregados. Si los recogemos por medio de una suscripción a un boletín de noticias, no podemos utilizarlos para otros menesteres, sin la previa autorización del interesado.

Con el fin de no tener problemas y sanciones de elevada cuantía, por incumplimiento de la Ley de Protección de Datos, respecto al uso de los datos de los cuales somos responsables, deberemos implantar los procedimiento incluidos en el obligatorio Protocolo de Seguridad que tienes que tener implantado.

 Aquí puedes contactar conmigo para: Solicitar Información